La página del IVA en el portal de la DNIT lista dos tasas, 5 % y 10 %, y una declaración jurada mensual (obligación 211, IVA General). Esa página no menciona operaciones exentas; esta guía solo trata las tasas.
El texto de la Ley 6380/2019, publicado por la DNIT, fija en su artículo 90 (Tasas) el 10 % para todos los demás casos y el 5 % para categorías específicas, como el arrendamiento de inmuebles destinados exclusivamente a vivienda, la enajenación de inmuebles, la canasta familiar, ciertos productos agrícolas y pecuarios y los medicamentos de uso humano registrados.
El mismo artículo autoriza al Poder Ejecutivo a incrementar tasas y a fijar tasas diferenciales, incluso dentro de cada inciso. Por eso la tasa aplicable puede depender del producto y puede cambiar por decreto.
Consecuencias de ingeniería: no escribas 0,1 ni 0,05 directo en el cálculo. Modelá la tasa como dato por ítem (con su origen y fecha de vigencia), registrá qué tasa se aplicó en cada documento y hacé que un cambio normativo sea una actualización de datos y no un deploy urgente. Si usás un proveedor de facturación electrónica, probablemente él ya mantiene esa tabla.
Qué tasa corresponde a un bien o servicio concreto es una decisión tributaria: este artículo no es asesoramiento. Consultá la normativa vigente en dnit.gov.py o a un contador.