Este artículo resume el texto publicado de la Ley 7593/2025, De Protección de Datos Personales en la República del Paraguay, para quien diseña una integración de consulta de RUC. No es asesoramiento legal: para decisiones de cumplimiento corresponde consultar a un profesional y las autoridades competentes. El texto está en la Biblioteca y Archivo Central del Congreso (BACN) y en el sistema legislativo SILpy.

Alcance. El artículo 1 declara que la ley protege los datos personales de las personas físicas. El artículo 3 define dato personal como información de cualquier tipo sobre personas físicas determinadas o determinables. La normativa de la DNIT establece que el RUC de determinadas personas físicas coincide con su número de cédula; entonces un RUC y el nombre asociado pueden identificar a una persona, y conviene tratarlos como tal.

Vigencia. El artículo 57 dispone que la ley entra en vigor luego de transcurridos veinticuatro meses de su publicación oficial, y el artículo 60 da al Poder Ejecutivo el mismo plazo para reglamentarla. Diseñar hoy con esos principios es una decisión de producto, no una obligación exigible por esa ley desde ya; el calendario exacto conviene verificarlo en el texto oficial.

Principios con efecto práctico (artículo 4). Finalidad: recoger y tratar datos con fines determinados y legítimos. Minimización: limitarse a lo necesario y conservarlo solo el tiempo necesario. Exactitud: tomar medidas razonables para actualizar o suprimir lo inexacto. Seguridad: medidas técnicas y organizativas contra pérdida y acceso no autorizado. Para una integración de RUC se traducen en guardar solo los campos que se usan, definir cuánto tiempo se conservan y no exponer la clave de API ni los datos en el navegador.

Bases y transparencia. El artículo 5 enumera las condiciones para tratar datos, entre ellas el consentimiento, el cumplimiento de una obligación legal y la ejecución de un contrato; el artículo 8 regula el interés legítimo. El artículo 27 exige informar, entre otros puntos, la finalidad y, cuando los datos no se obtuvieron del titular, su origen. Si completás fichas de clientes con una fuente externa, conviene poder decir cuál fue.

Derechos. El artículo 26 reconoce acceso, rectificación, supresión, oposición y portabilidad, con respuesta en un plazo máximo de treinta días corridos. Por eso es útil que tu sistema pueda ubicar, corregir y borrar los datos de una persona. El artículo 24 aclara además cómo se concilian el acceso a la información pública y la protección de datos.