El servicio de consulta pública de la DNIT devuelve un campo de estado; su documentación de ejemplo muestra el valor ACTIVO. La Resolución General 79/2021 usa los estados Activo, Suspensión Temporal, Cancelado y, para solicitudes, Anulado. Este artículo se limita a lo que esas fuentes dicen.
Activo: es el estado al que vuelve el RUC cuando termina un período de suspensión temporal, según la resolución. Suspensión Temporal: el contribuyente la comunica por Marangatu y puede durar hasta 60 meses; durante ese lapso queda eximido de presentar ciertas declaraciones, y la SET también puede disponerla de oficio por 60 meses en los casos que la norma enumera.
Cancelado: para cancelar, el RUC debe estar en estado Activo o Suspensión Temporal y el contribuyente al día con sus declaraciones y pagos; la solicitud se presenta por Marangatu dentro de los 30 días hábiles posteriores al cese de actividades. Una persona física con RUC cancelado puede pedir su reactivación mediante el servicio previsto.
Anulado no es un estado del contribuyente sino de una solicitud: una solicitud de inscripción o de reactivación queda Anulada si el solicitante no completa el trámite en el plazo que fija la norma, y puede presentar una nueva.
El importador de OwnData acepta cinco valores en el listado público: ACTIVO, CANCELADO, SUSPENSION TEMPORAL, BLOQUEADO y CANCELADO DEFINITIVO. No encontramos en las fuentes revisadas una definición oficial de BLOQUEADO ni de CANCELADO DEFINITIVO, así que no la inventamos. Mostrá el estado tal como lo publica la fuente, con su fecha, y remití a la DNIT para interpretarlo.